Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
(EMISIÓN POSTAL EXTRAORDINARIA - 2001 CARDENAL MIGUEL OBANDO BRAVO)

DECRETO EJECUTIVO N°. 8-2002, aprobado el 28 de enero del 2002

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial 24 del 05 de febrero del 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO


Que Correos de Nicaragua S.A. ha solicitado la aprobación del Programa de Emisiones Postales Características Quinta Emisión Extraordinaria - 2001 Cardenal Miguel Obando Bravo, la cual ha sido de previo aprobada mediante acta de la XII Reunión Ordinaria de la Junta Directiva de Correos de Nicaragua S.A., celebrada a los cinco días del mes de Diciembre del año dos mil uno.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO


El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Se aprueba la “Quinta Emisión Extraordinaria –2001 Cardenal Miguel Obando Bravo” con las siguientes características.

Características

Nombre de la Emisión : Cardenal Miguel Obando Bravo

Tiraje : 100.000 sellos

Valor Facial : C$ 6.50

Tamaño del sello : 30x40.5mm

No. de colores : 4

Características : 1 sello

Papel : PVA engomado de 110 grms.

Impresión : Offset litografía

Fecha de Circulación : Enero 03/2002

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiocho de Enero del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.