Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 1583 ENTRE EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL PROGRAMA DE TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA (PTP), DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 3465, aprobado el 18 de febrero del 2003

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 39 del 25 de febrero del 2003

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de sus facultades;

HA DICTADO:

El siguiente:

DECRETO:

DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1583 ENTRE EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL “PROGRAMA DE TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA (PTP), DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA"


Artículo 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo No. 1583, suscrito el 23 de Octubre de 2002, entre el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y la República de Nicaragua, por un monto de US$ 882,051.45 (Ochocientos Ochenta y Dos Mil Cincuenta y Un Dólares con Cuarenta y Cinco Centavos de dólar) moneda de los Estados Unidos de América, para financiar parcialmente el “Programa de Transformación Productiva (PTP) de la República de Nicaragua”.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Febrero del año dos mil tres.- JAIME CUADRA SOMARRIBA.- Presidente de la Asamblea Nacional. MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN.- Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiuno de Febrero del año dos mil tres. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

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