Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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REFORMA AL ACUERDO MINISTERIAL MIFIC Nº. 073-2008 Y AL ACUERDO MINISTERIAL MIFIC Nº 027-2009

ACUERDO MINISTERIAL MIFIC Nº. 039 -2011, aprobado el 15 de diciembre de 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 11 del 19 de enero de 2012

El Suscrito Ministro de Fomento, Industria y Comercio

CONSIDERANDO

I

Que es decisión del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, seguir adoptando las medidas que sean necesarias, para satisfacer la demanda de bienes de consumo básico, sus insumos y materias primas, a fin de que estos lleguen a la población nicaragüense a precios razonables;

II

Que es voluntad de este gobierno establecer un diálogo abierto, franco y permanente con los productores, empresarios y distribuidores de bienes, a fin de encontrar formas y mecanismos que permitan mantener precios razonables para el beneficio de los consumidores;

III

Que a un existen en el país casos comprobados de Influenza A HINI, por lo que es necesario seguir estableciendo medidas para la prevención, control y mitigación de dicha epidemia, entre estas, las que permitan al país contar con suficiente material de reposición periódica a menores costos;

IV

Que el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano en su Artículo 26 establece que si alguno de los Estados Contratantes se viere enfrentado a deficiencias generalizadas en el abastecimiento de materias primas; o a circunstancias que amenacen en derivar en situaciones de emergencia nacional, dichos Estado podrán aplicar unilateralmente las disposiciones previstas en el Capítulo VI de este Convenio, relacionadas con la modificación de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI);

V

Que la Ley No. 453, Ley de Equidad Fiscal, en su Artículo 138, establece que: “Los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) se regirán de conformidad con el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, sus Protocolos; las disposiciones derivadas de los Tratados, Convenios y Acuerdos Comerciales Internacionales y de Integración Regional; así como lo establecido en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC)”.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren la Ley No. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” publicada en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 102 del día 03 de junio de 1998, su Reglamento, sus respectivas Reformas; y el Acuerdo Presidencial Número No. 272-2007,publicado en “La Gaceta, Diario Oficial”, No. 118 del 22 de junio del año 2007;

ACUERDA:

PRIMERO: Modificar el Acuerdo Cuarto del Acuerdo Ministerial MIFIC Nº 073-2008, publicado en “El Nuevo Diario” del 29 de diciembre del año 2008, prorrogando su vigencia hasta el 30 de junio del año 2012 inclusive.

SEGUNDO: Modificar el Acuerdo Tercero del Acuerdo Ministerial MIFIC Nº 027-2009, publicado en “El Nuevo Diario” del 24 de junio del año 2009, prorrogando su vigencia hasta el 30 de junio del año 2012 inclusive.

TERCERO: Continúan vigentes las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial MIFIC Nº 027-2009, en el Acuerdo Ministerial MIFIC No. 073-2008 y en las posteriores reformas de este último establecidas en el Acuerdo Ministerial MIFIC No. 009-2009, publicado en “La Gaceta” No. 105 del 08 de junio del año 2009, en el Acuerdo Ministerial MIFIC No. 016-2009, publicado en “La Gaceta” No. 105 del 08 de junio del año 2009.

CUARTO: Se deja sin efectos el Acuerdo Ministerial MIFIC No. 021- 2011, publicado en La Prensa del 27 de junio del 2011.

QUINTO: Comunicar la modificación a la que se refiere el presente Acuerdo Ministerial a los Gobiernos Centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), a efectos de cumplir con lo dispuesto en el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

SEXTO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier diario escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua a los quince días del mes de diciembre del año dos mil once. (f) Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro MIFIC.
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