Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA MANOS OBRERAS LABRADORES DE LA TIERRA R.L (COOAMOLT, R.L)

RESOLUCIÓN N°. 002 -2020 PJ CH MEFCCA, aprobada el 02 de julio de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 150 del 13 de agosto de 2020

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Chinandega del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 064 se encuentra la Resolución No. 002 -2020 PJ CH MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución N°. 002 -2020 PJ CH MEFCCA, Chinandega dos de Julio del año dos mil veinte, las tres de la tarde, en fecha dieciséis de Junio del año dos mil veinte, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA MANOS OBRERAS LABRADORES DE LA TIERRA R.L (COOAMOLT, R.L) con domicilio social en el Municipio de Chinandega, departamento de Chinandega. Se constituye a las diez de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil veinte. Se inicia con once (11) asociados, ocho (8) hombres, tres (3) mujeres, con un capital suscrito de C$22,000 (veintidós mil córdobas netos) y un capital pagado de C$6,501 (seis mil quinientos uno córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA MANOS OBRERAS LABRADORES DE LA TIERRA R.L (COOAMOLT, R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Harvin Gustavo Mondragón Mondragón; Vicepresidente (a): José Ramón Áreas Zavala; Secretario (a): Santos Antonio Reyes Sáenz; Tesorero (a): Mana Teresa Mendoza Velásquez; Vocal: José Mauricio Alvir Gallegos. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Dorys Anielka Centeno Castillo, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dos días del mes de Julio del año dos mil veinte. (f) Dorys Anielka Centeno Castillo, Delegada Departamental.
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