Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Leyes
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DECRETO POR EL QUE SE SUBVENCIONA LA ESCUELA DE BELLAS ARTES QUE ESTABLECERÁ EN ESTA CIUDAD EL SR. D. JOSÉ MARÍA IBARRA

LEY, Aprobado, el 9 de Marzo de 1893

Publicado en La Gaceta No. 24 del 29 de Marzo de 1893

El Presidente de la República, a sus habitantes

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

DECRETAN:

Único – Subvenciónase con ciento cincuenta pesos mensuales la Escuela de Bellas Artes que en esta capital, establecerá el Sr. D. José María Ibarra, de acuerdo con los Estatutos aprobados por el Gobierno el 19 de abril de 1888, siendo obligado el Sr. Ibarra a tener siempre en su establecimiento diez alumnos, enseñándoles gratis, designados por el Gobierno.

Dado en el Salón de sesiones de la Cámara de Diputados – Managua; 9 de marzo de 1893 – J. C. Bengoechea, D. P – Juan de D. Guerra, D. S –

Al Poder Ejecutivo – Salón de sesiones de la Cámara del Senado – Managua: 11 de marzo de 1893 – H. Arcia, S. P – Camilo Zúniga, S. S – Víctor Cuadra, S. S.

Por tanto – Ejecútese.- Managua; 13 de marzo de 1893 – Roberto Sacasa – El Ministro de Instrucción Pública – Jorge Bravo.
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