Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA CIUDAD DE BLUEFIELDS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO PARA OCHO LOCALIDADES EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA

DECRETO A.N. No. 3676. Aprobado el 9 de Octubre del 2003.

Publicado en La Gaceta No. 196 del 16 de Octubre del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO:

I


Que con fecha 3 de Septiembre de 2003 en Managua, Nicaragua y 8 de Septiembre de 2003 en Madrid, España, fue suscrito entre el Señor Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público, que actúa en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua y el Señor David Moreno Casas, Director de Negocios, que actúa en representación de Instituto de Crédito Oficial del Reino de España, el Convenio de Crédito por un monto de US$ 10,975,000.00 (Diez millones novecientos setenta y cinco mil dólares de los Estados Unidos de América), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), para financiar el proyecto denominado “Abastecimiento de Agua Potable para la Ciudad de Bluefields y Plantas de Tratamiento para Ocho Localidades en Situación de Emergencia”.

II

Que el Crédito se pagará en un plazo de 16 años, incluyendo un período de gracia de 5 años, mediante 23 semestralidades iguales, siendo el vencimiento de la primera cuota de amortización del principal a los 60 meses contados a partir de la fecha entrada en vigor del Convenio; devengará una tasa de interés del 0.60% anual sobre las cantidades utilizadas, una Comisión de Disponibilidad del 0.15% anual aplicada a todos los importes que no hayan sido utilizados durante el período de disponibilidad y una Comisión de Gestión de 0.15% que se aplicará al importe total del crédito.

En uso de facultades;

HA DICTADO:


El siguiente:

DECRETO:

DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA CIUDAD DE BLUEFIELDS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO PARA OCHO LOCALIDADES EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA


Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Crédito, suscrito el 3 de Septiembre del 2003 en Managua, Nicaragua y 8 de Septiembre de 2003 en Madrid, España, entre el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la República de Nicaragua, por un monto de US$ 10,975,000.00 (Diez Millones Novecientos Setenta y Cinco Mil Dólares de los Estados Unidos de América), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), para financiar el proyecto denominado "Abastecimineto de Agua Potable para la Ciudad de Bluefields y Plantas de Tratamiento para Ocho Localidades en Situación de Emergencia”.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Octubre del año dos mil tres.- JAIME CUADRA SOMARRIBA.- Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LÓPEZ BALDIZON.- Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, seis de Octubre del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.

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