Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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LA SUSCRITA MINISTRA DE GOBERNACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE 17 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO NACIONALES, POR INCUMPLIMIENTOS A LAS LEYES QUE LE REGULAN

ACUERDO MINISTERIAL N°. 05-2023-OSFL, aprobado el 30 de enero de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 20 del 03 de febrero de 2023

Acuerdo Ministerial No. 05-2023-OSFL

La Suscrita Ministra de Gobernación de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, Acuerda aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica de 17 Organismos Sin Fines de Lucro Nacionales, por incumplimientos a las Leyes que le regulan.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

EL Ministerio de Gobernación es la autoridad competente para la autorización, regulación, control, supervisión, sanción y cancelación de personalidad jurídica de Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad al artículo 3 de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”; artículo 7 numeral 7 y artículo 47 de la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”.

III

Que es facultad de la Dirección General de Registro y Control de OSFL establecer medidas que promuevan la transparencia e integridad y confianza pública en la administración y manejo del OSFL, de conformidad al artículo 10 numeral 15 de la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro.

1. Asociación Casa Xalveta, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 8354, Gaceta No. 227 del 28/11/2017, inscrita desde el 05/04/2018, bajo el Número perpetuo 6716. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 17/07/2020.

2. Fundación A.MAR.TE (A.MAR.TE), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 6327, Gaceta No. 46, del 09/03/2011, inscrita desde el 14/02/2012, bajo el Número perpetuo 5254. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 12/08/2020.

3. Asociación de Jubilados del Departamento de León (ASOJUDEL), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 4223, Gaceta No. 184, del 23/09/2005, inscrita desde el 06/02/2006, bajo el Número perpetuo 3221. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2019 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 25/02/2020.

4. Asociación Centro Americana de Criadores de Caballos de Raza Iberoamericano (IBERONIC), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 4683, Gaceta No. 171, del 01/09/2006, inscrita desde el 08/01/2007, bajo el Número perpetuo 3638. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2019 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 24/06/2019.

5. Asociación de Comerciantes del Mercado Central (ACOMERCEN), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 3156, Gaceta No. 07, del 11/01/2002, inscrita desde el 18/02/2002, bajo el Número perpetuo 2115. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2012 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 09/02/2015.

6. Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios (ANAYN), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 6468, Gaceta No. 138, del 26/07/2011, inscrita desde el 03/10/2011, bajo el Número perpetuo 5090. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2019 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 01/10/2020.

7. Asociación para el Desarrollo de Santo Tomas de Norte (ASODESN), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 2651, Gaceta No. 199, del 20/10/2000, inscrita desde el 28/11/2000, bajo el Número perpetuo 1780. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 19/05/2020.

8. Asociación de Enfermos de Insuficiencia Renal Crónica Nuevas Esperanzas (ASOCIACIÓN ADEDIRCNE), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 7913, Gaceta No. 237, del 15/12/2015, inscrita desde el 02/03/2016, bajo el Número perpetuo 6329. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 02/04/2021.

9. Fundación Amor Abundante (F.A.A.), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 2147, Gaceta No. 06, del 11/01/1999, inscrita desde el 07/07/1999, bajo el Número perpetuo 1371. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 11/02/2021.

10. Asociación de Alcaldesas de Nicaragua, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 772, Gaceta No. 119, del 27/06/1994, inscrita desde el 07/11/1994, bajo el Número perpetuo 415. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 1994 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 02/09/1994.

11. Asociación Fondo Histórico Documental de la Música Nicaragüense (FONMUNIC), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1111, Gaceta No. 225, del 29/11/1995, inscrita desde el 07/08/1996, bajo el Número perpetuo 17 III. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2018 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 25/08/2019.

12. Asociación Dimensiones del Desarrollo (DIDES), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No.6655, Gaceta No. 240, del 20/12/2011, inscrita desde el, 25/01/2012, bajo el Número perpetuo 5213. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2019 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 25/05/2021.

13. Asociación de Desmovilizados del S.M.P. de Nicaragua Esperanza y Reconciliación, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 5779, Gaceta No. 198, del 20/10/2009, inscrita desde el 15/01/2010, bajo el Número perpetuo 4549. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2011 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 21/07/2011.

14. Asociación Civil Cihualcoalt para el Desarrollo Integral Socio Económico (ASOCIDEIS), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 3627, Gaceta No. 205, del 29/10/2003, inscrita desde el 02/06/2005, bajo el Número perpetuo 3066. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 17/09/2021.

15. Asociación de Bancos Privados de Nicaragua (ASOBANP), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 743, Gaceta No. 117, del 23/06/1994, inscrita desde el 29/07/1994, bajo el Número perpetuo 380. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 03/04/2020.

16. Club Veinte-Treinta de Managua, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 429, Gaceta No. 198, del 31/08/1957, de Estatutos publicados, inscrita desde el 08/07/1996, bajo el Número perpetuo 9 III. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2017 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 29/03/2018.

17. Fundación Isla (FIS) Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 5649, Gaceta No. 48 del 11/03/2009, inscrita desde el 25/04/2009, bajo el Número perpetuo 4334. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros del período 2020 al 2021, Junta Directiva vencida desde el 26/05/2020.

IV

De acuerdo a Dictamen Legal emitido por la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, para la Cancelación de Personalidad Jurídica, los siguientes organismos, inscritos ante esa Dirección, han incumplido sus obligaciones conforme lo establecido en el artículo 34 numerales 3, 7, 24, 25, 26, 26.1, 26.3 y 27 de la Ley N°. 1115, ya que no reportaron por períodos de entre 02 hasta 27 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de Comprobación, detalle de donaciones (origen, proveniencia y beneficiario final), y sus Juntas Directivas.

V

Que los 17 OSFL antes mencionados han obstaculizado el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del MIGOB, ya que al no reportar sus Juntas Directivas y Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, no promovieron políticas de transparencia en la administración de los fondos, desconociéndose la ejecución de sus proyectos y si fueron acorde a sus objetivos y fines, por los cuales se les otorgó Personalidad Jurídica.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, su Reglamento, la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar la cancelación de Personalidad Jurídica a los 17 OSFL antes mencionados en el presente Acuerdo, por estar en abandono y tener entre 02 a 27 años de incumplimientos de sus obligaciones conforme a las Leyes que los regulan.

SEGUNDO: Lo referido a la liquidación de los bienes y activos de los 17 organismos antes referidos, se aplicará lo establecido en la Ley N° 1115. Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a las ocho de la mañana del treinta de enero del año dos mil veintitrés, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra de Gobernación.
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