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(APROBAR LOS NUEVOS ARANCELES PARA EL REGISTRO DE LICENCIA DE OPERACIÓN A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS Y CONSULTORAS; Y OTROS SERVICIOS BRINDADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 092-2024, aprobada el 08 de mayo de 2024
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 210 del 14 de noviembre de 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 092-2024
La Secretaria General del Ministerio de Transporte e Infraestructura, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”; Decreto N° 71-98, “Reglamento a la Ley N° 290” y sus reformas y Acuerdo Presidencial N° 114-2019 del treinta y uno de julio del dos mil diecinueve, publicado en la Gaceta, Diario Oficial N° 150 del ocho de agosto del dos mil diecinueve.
CONSIDERANDO
I
Que para realizar el ejercicio de la Actividad de Diseño y Construcción en Nicaragua, es requisito indispensable estar autorizado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) a través de una Licencia de Operación, ya sea como persona natural o jurídica.
II
Que a la Dirección General de Obras de Infraestructura y Desarrollo Urbano le corresponde regular, supervisar y controlar las políticas establecidas por el Estado en asuntos de Construcción, Desarrollo Urbano y Vivienda.
III
Que habiéndose realizado la última modificación a los aranceles para el registro de Licencias de Operación a las Empresas Constructoras y Consultoras, en fecha veintiséis de febrero del año dos mil dieciocho, a través de la Resolución Ministerial N° 037-2018, han trascurrido más de cinco años por lo que se hace imprescindible realizar un ajuste equitativo que permita la continuación correcta de los trámites necesarios para la legalización de las respectivas Licencias de Operación y otros servicios brindados por la Dirección General de Obras de Infraestructura y Desarrollo Urbano; a partir del ocho de Mayo del dos mil veinticuatro, ajustándola de la forma siguiente:
Ítem | Descripción del servicio | Arancel según Resolución Ministerial no. 037-2018 | Arancel autorizado para nueva resolución |
1 | Licencia de operación nueva para persona jurídica | C$ 5,100.00 | C$ 6,650.00 |
2 | Licencia de operación nueva para persona natural | C$ 1,600.00 | C$ 2,100.00 |
3 | Renovación de licencia para persona jurídica | C$ 5,100.00 | C$ 6,650.00 |
4 | Renovación de licencia para persona natural | C$ 1,600.00 | C$ 2,100.00 |
5 | Reposición de licencia para persona jurídica | C$ 2,550.00 | C$ 3,300.00 |
6 | Reposición de licencia para persona natural | C$ 800.00 | C$ 1,050.00 |
7 | Cambio de actividad para persona jurídica | C$ 2,550.00 | C$ 3,300.00 |
8 | Cambio de actividad para persona natural | C$ 800.00 | C$ 1,050.00 |
9 | Constancia de Actualización de licencia de operación para persona jurídica | C$ 300.00 | C$ 2,000.00 |
10 | Constancia de Actualización de licencia de operación para persona natural | C$ 300.00 | C$ 400.00 |
11 | Revocación de suspensión de licencia para persona jurídica | C$ 2,550.00 | C$ 3,300.00 |
12 | Revocación de suspensión de licencia para persona natural | C$ 800.00 | C$ 1,050.00 |
13 | Cambio de razón social para persona jurídica | C$ 2,550.00 | C$ 3,300.00 |
14 | Cambio de razón social para persona natural | C$ 800.00 | C$ 1,050.00 |
15 | Re-emisión de licencia de operación para persona jurídica | C$ 5,100.00 | C$ 6,650.00 |
16 | Re-emisión de licencia de operación para persona natural | C$ 1,600.00 | C$ 2,100.00 |
17 | Emisión de aval para importación de cemento | C$ 1,500.00 | C$ 1,950.00 |
18 | Emisión de constancia de importación de materiales | C$ 150.00 | C$ 200.00 |
19 | Emisión de aval 19 para importación de acero de refuerzo | C$ 600.00 | C$ 800.00 |
20 | Emisión de aval anual para sistemas constructivos | C$ 6,200.00 | C$ 8,100.00 |
21 | Emisión de aval quinquenal para sistemas constructivos | C$ 6,200.00 | C$ 8,100.00 |
22 | Cambio de razón social para empresa fabricante o distribuidora de sistemas constructivos | C$ 3,720.00 | C$ 4,850.00 |
23 | Constancia de trámite de licencia de operación | C$ 5,100.00 | C$ 125.00 |
24 | Emisión de aval anual para materiales de construcción | - | C$ 3,000.00 |
25 | Emisión de aval quinquenal para materiales de construcción | - | C$ 5,000.00 |
POR TANTO
En uso de las facultades que le otorga las leyes de la República de Nicaragua y en virtud de los considerandos antes relacionados, esta Autoridad Ministerial,
RESUELVE
PRIMERO: Aprobar los nuevos aranceles para el registro de Licencia de Operación a las Empresas Constructoras y Consultoras; y otros servicios brindados por la Dirección General de Obras de Infraestructura y Desarrollo Urbano.
SEGUNDO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha. Sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Cópiese, Notifíquese y Archívese.
Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a las ocho de la mañana del ocho de mayo del año dos mil veinticuatro, (f) Ing. Rosa Argentina Guadamuz Castillo, Secretaria General Ministerio De Transporte E Infraestructura.