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Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Materia: S/Definir
LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ASOCIACIÓN DEPORTIVA OSCAR DUARTE SEIS (AD OD6)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 29-2024-OSFL, aprobado el 20 de junio de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 113 del 24 de junio de 2024

ACUERDO MINISTERIAL No. 29-2024-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda aprobar la Personalidad Jurídica de la Asociación Deportiva Oscar Duarte Seis (AD OD6).

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

Es facultad del Ministerio del Interior otorgar personalidad jurídica a los Organismos sin Fines de Lucro mediante Acuerdo Ministerial, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 numeral 7 y artículo 20 de la N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”.

III

Que la Asociación Deportiva Oscar Duarte Seis (AD OD6), solicitó a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, personalidad jurídica, la cual cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, su Reforma, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior” y la N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Otorgar Personalidad Jurídica a la Asociación Deportiva Oscar Duarte Seis, la cual podrá conocerse de forma abreviada como AD OD6, siendo esta Asociación un organismo sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.

SEGUNDO: La Representación Legal del OSFL, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos, aprobados por la Asamblea General de Miembros de la Asociación Deportiva Oscar Duarte Seis (AD OD6).

TERCERO: La Asociación Deportiva Oscar Duarte Seis (AD OD6), estará regulada por la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física” y demás Leyes de la República de Nicaragua, debiendo cumplir con sus obligaciones establecidas en las leyes antes mencionadas. Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a las cuatro de la tarde del día veinte de junio del año dos mil veinticuatro, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.
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