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Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Materia: S/Definir
LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y REGISTRO DE 12 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 44-2024-OSFL, aprobado el 08 de noviembre de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 207 del 11 de noviembre de 2024

Acuerdo Ministerial No. 44-2024-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de 12 Organismos sin Fines de Lucro.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

El Ministerio del Interior es el encargado de garantizar el cumplimiento de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructura del Ministerio del Interior, así mismo es facultad del Ministerio del Interior la constitución, autorización, regulación, funcionamiento, disolución, liquidación, supervisión, sanción y cancelación de Personalidad Jurídica de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad al artículo 3 de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”; artículo 1 de la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”; artículo 3 numeral 1 y artículo 4 del Reglamento de la Ley N°. 1115.

III

Que los siguientes organismos, solicitaron al Ministerio del Interior, Dirección General de Organismos sin Fines de Lucro, la Cancelación de su Personalidad Jurídica y Registro por Disolución Voluntaria de sus miembros, fundamentando su solicitud en el artículo 42, numerales 1, 2 y 3; y artículo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro” y sus reformas:

1. Asociación Instituto de Estudios Superiores del Sindicalismo de Centro América y el Caribe (IESSCA), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 5882, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 226, del 27/11/2009, e inscrita desde el 02/02/2010, con número perpetuo 4568, solicitó mediante Acta No. 11, de Asamblea Extraordinaria del 13/08/2024, disolución voluntaria por decisión de sus miembros.

2. Asociación Ministerio Aquí Estamos (MAE), Personalidad Jurídica sin fines lucro otorgada mediante Decreto No. 4470, publicada en Gaceta Diario Oficial No. 109, del 06/06/2006, e inscrita desde el 19/06/2006, con número perpetuo 3332, solicitó mediante Acta No. 88 protocolizada en Escritura Pública No. 11, de Asamblea Extraordinaria del 06/09/2024, disolución voluntaria.

3. Asociación Antorcha, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 2031, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 204, del 29/10/1998, e inscrita desde el 20/05/1999, con número perpetuo 1343, solicitó mediante carta del 22/07/2024 disolución voluntaria por disminución del número de miembros.

4. Asociación de Familias y Amigos de Personas con Autismo en Nicaragua (VIDA Y AUTISMO), Personalidad Jurídica sin fines lucro otorgada mediante Decreto No. 7776, publicada en Gaceta Diario Oficial No. 110, del 15/06/2015, e inscrita desde el 13/01/2016, con número perpetuo 6302, solicitó mediante Acta No. 12, de Asamblea Extraordinaria del 24/08/2024, disolución voluntaria por falta de tiempo de los miembros para realizar las actividades de la Asociación.

5. Fundación Ecología y Desarrollo, inscrita desde el 30/11/2000, con número perpetuo 1783 y registro publicado en Gaceta Diario Oficial No. 210, del 05/11/2003, solicitó en fecha 31/07/2024 disolución voluntaria por Acuerdo de la Junta Directiva de fecha 19/06/2024, por falta de financiamiento para ejecutar nuevos proyectos.

6. Hope Clinic International, inscrita desde el 11/12/2013, con número perpetuo 5791 y registro publicado en Gaceta Diario Oficial No. 12, del 21/01/2014, solicitó en fecha 23/08/2024 disolución voluntaria por Acuerdo de la Junta Directiva de fecha 15/12/2023, por disminución de donaciones.

7. Fundación Suiza de Cooperación para el Desarrollo Técnico (SWISSCONTACT), inscrita desde el 10/07/1992, con número perpetuo 155 y registro publicado en Gaceta Diario Oficial No. 14, del 19/01/2006, solicitó en fecha 29/07/2024 disolución voluntaria por Acuerdo de la Junta Directiva de fecha 01/07/2024, por falta de financiamiento para la ejecución de proyectos.

8. Asociación Nacional de Béisbol de Alto Rendimiento (ANABAR Y/O LBPN), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Resolución No. 04-03-2015, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 74, del 23/04/2015, e inscrita desde el 15/12/2015, con número perpetuo 338, solicitó mediante Escritura Pública No. 17 de Certificación de Acta No. 16 de Asamblea Extraordinaria del 14/06/2024, disolución voluntaria por falta de recursos económicos y por no desarrollar actividades.

9. Fundación Cristiana Sustento y Abrigo (FUNCRISYA), Personalidad Jurídica sin fines lucro otorgada mediante Decreto No. 7399, publicada en Gaceta Diario Oficial No. 46, del 10/03/2014, e inscrita desde el 31/07/2014, con número perpetuo 5929, solicitó mediante Acta No. 15, de Asamblea Extraordinaria del 04/10/2024, disolución voluntaria, por falta de tiempo de sus miembros, lo que imposibilita el cumpliendo de los propósitos para los cuales fue creada la Fundación.

10. Fundación Flavio Galo, Personalidad Jurídica sin fines lucro otorgada mediante Decreto No. 3081, publicada en Gaceta Diario Oficial No. 202, del 24/10/2001, e inscrita desde el 30/01/2002, con número perpetuo 2090, solicitó mediante Acta No. 31, de Asamblea Extraordinaria del 25/08/2024, disolución voluntaria, por insostenibilidad económica debido a la falta de financiamiento y por razones de trabajo y salud de algunos miembros.

11. Mayflower Medical Outreach, Inc, inscrita desde el 23/08/2013, con número perpetuo 5683 y registro publicado en Gaceta Diario Oficial No. 59, del 12/09/2013, solicitó en fecha 04/11/2024 disolución voluntaria por Acuerdo de la Junta Directiva de fecha 03/09/2024, por haber culminado cartera de proyectos a ejecutar en Nicaragua.

12. Stichting “El Árbol”, inscrita desde el 23/01/2009, con número perpetuo 4286 y registro publicado en Gaceta Diario Oficial No. 42, del 03/03/2009, solicitó en fecha 25/10/2024 disolución voluntaria por Acuerdo de la Junta Directiva de fecha 30/08/2024, debido a problemas de salud de la Representante Legal y falta de financiamiento.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y sus Reformas, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior”, Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 1115 y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar, por Disolución Voluntaria la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de los 12 organismos sin Fines de Lucro, acordada por los miembros que los integran.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, proceder a la cancelación del Registro y número perpetuo asignado a los 12 organismos. Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a las una de la tarde del día ocho de noviembre del año dos mil veinticuatro, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.
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