Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir
(DECLÁRASE HIMNO NACIONAL)

DECRETO No. 32, Aprobado el 23 de Abril de 1918

Publicado en La Gaceta No. 292 del 30 de Diciembre de 1918

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Declárase Himno Nacional el que, escrito en sol mayor, actualmente se ejecuta como tal en el país.

Artículo 2.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que cambie la letra del Himno mencionado, cuando lo crea conveniente, y para que reglamente la forma de rendir honores y respetos al Himno y Bandera nacionales.

Artículo 3.- Derógase cualquier disposición que se oponga a la presente.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 23 de Abril de 1918.- Ramón Castillo C., D. V. P.- R. C. Arcia, D. S.- Fernando Ig. Martínez, D. S.- Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado.- Managua, 19 de diciembre de 1918.- Leopoldo Lacayo, S. P.- Sebastián Uriza, S. S.- M. J. Morales, S. S.

Por tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, diecinueve de diciembre de mil novecientos dieciocho.- EMILIANO CHAMORRO.- El Ministro de la Guerra, por la ley.- LUIS E. RIVAS.
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