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Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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PROHIBICIÓN DE USO DEL MEDICAMENTO VETERINARIO ZILPATEROL EN BOVINOS CUYOS PRODUCTOS CÁRNICOS ESTÉN DESTINADOS A LA EXPORTACIÓN DE LA A REPÚBLICA POPULAR DE CHINA

RESOLUCION EJECUTIVA N°. 051-2023, aprobada el 29 de agosto de 2023

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 166 del 08 de septiembre de 2023

Resolución Ejecutiva
No. 051-2023

Prohibición de uso del medicamento veterinario Zilpaterol en bovinos cuyos productos cárnicos estén destinados a la exportación de la República Popular de China.

Yo, Ricardo José Somarriba Reyes, Director Ejecutivo del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA) de conformidad con el Acuerdo Presidencial Nº 01-2017 del 11 de enero del 2017 y publicado en la Gaceta Diario Oficial Nº 10 del 16 de enero del 2017.

CONSIDERANDO

I

Que es prioridad del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN) a través del IPSA, la calidad de los alimentos de origen animal y el cumplimiento de las exigencias sanitarias de aquellos países a los que se exportan animales vivos, productos y sus derivados.

II

Que es facultad del IPSA, dictar las normas de control de los medicamentos veterinarios y productos afines.

III

Que el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, es la Autoridad Competente en todo el territorio nacional del registro, importación y uso de los medicamentos veterinarios, así como de los alimentos o piensos medicados, teniendo la responsabilidad de regularlos en la cadena comercial y de producción de animales de consumo.

POR TANTO

En uso de las facultades que me confiere la Ley Nº 862 "Ley Creadora del IPSA"; la Ley 291 "Ley Básica de Salud Animal"; el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51: 18 Medicamentos veterinarios y productos afines. Requisitos de registros sanitarios y control, y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994.

RESUELVO

Primero. Se prohíbe el uso de productos veterinarios que contienen en su formulación el betagonista adrenérgico Zilpaterol, en bovinos cuyos productos cárnicos estén destinados a la exportación de la República Popular de China.

Segundo. Los establecimientos importadores, distribuidores de medicamentos veterinarios que contienen Zilpaterol, sus regentes, plantas de alimentos que en sus formulaciones utilicen este betagonista, así como los de producción bovina a los que se refiere el Resuelvo Primero de esta Resolución, deben cumplir con las disposiciones legales, administrativas y técnicas que en relación al Zilpaterol emita el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA), quien verificará su cumplimiento.

Tercero. Los titulares y fabricantes de los medicamentos veterinarios que contienen Zilpaterol, deben incluir en los empaques la siguiente leyenda en negrilla: "No se permite el uso de éste producto, en bovinos cuyos productos cárnicos estén destinados a la exportación de la República Popular de China", debiendo cumplir con lo señalado en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la firma de la presente Resolución. Las modificaciones a realizar deben ser autorizadas de previo por la Dirección de Salud Animal del IPSA.

La leyenda podrá ser impresa o adherida en el empaque del producto sin ocultar la fecha de fabricación, vencimiento ni lote.

Cuarto. Las infracciones a lo dispuesto en la presente Resolución, serán sancionadas de conformidad a lo establecido en la legislación nacional vigente, sin perjuicio de las acciones civiles y penales correspondientes.

La presente Resolución entra en vigencia a partir de su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. (f) Ricardo José Somarriba Reyes, Director Ejecutivo Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, IPSA.
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