Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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LA SUSCRITA MINISTRA DE GOBERNACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y REGISTRO DE 03 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 118-2023-OSFL, aprobado el 19 de diciembre de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 231 del 20 de diciembre de 2023

Acuerdo Ministerial No. 118-2023-OSFL

La suscrita Ministra de Gobernación de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de 03 Organismos sin Fines de Lucro.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71 -98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

Es facultad del Ministerio de Gobernación la constitución, autorización, regulación, funcionamiento, disolución, liquidación, supervisión y cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y sus reformas.

III

Que los siguientes organismos, solicitaron al Ministerio de Gobernación, Dirección General de Organismos sin Fines de Lucro, la Cancelación de su Personalidad Jurídica y Registro por Disolución Voluntaria de sus miembros, fundamentando su solicitud en el artículo 42, numeral 1 y artículo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro” y sus reformas:

1. Asociación Nicaragüense Heal Flor (Heal Flor), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 8293, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 122, del 29/06/2017, e inscrita en el Ministerio de Gobernación el 02/08/2017, con número perpetuo 6630, solicitó disolución voluntaria mediante Acta No. 21 de Asamblea General Extraordinaria del 10/10/2023, por falta de recursos económicos para continuar realizando proyectos.

2. Asociación de Técnicos para Solidaridad y Cooperación Internacional (RE.TE), fue inscrito el 09/01/2008, bajo el número perpetuo 3992, solicitó disolución voluntaria, por decisión de la Junta Directiva del país de origen (Italia), culminando proyectos en Nicaragua.

3. Fundación Nicaragüense Cosecha Sostenible (FUNCOS), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 4607, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 167, del 28/08/2006, e inscrita en el Ministerio de Gobernación el 07/09/2006, con número perpetuo 3422, solicitó disolución voluntaria mediante Acta No. 11 de Asamblea General Extraordinaria del 02/12/2023, por imposibilidad de cumplir con los fines y objetivos para los cuales fueron constituidos.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, su Reglamento, Ley N°. 1115, “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar, por Disolución Voluntaria la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de los 03 organismos sin Fines de Lucro, acordada por los miembros que los integran.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, proceder a la cancelación del Registro y número perpetuo asignado a los 03 organismos.

Dado en la ciudad de Managua, a las una y quince minutos de la tarde del día diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra de Gobernación.
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