Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
-

Enlace a Legislación Relacionada

DECRETO LEJISLATIVO DE 24 DE ENERO DE 1862, DECLARANDO PUEBLO DE LA REPÚBLICA AL BARRIO DE SAN FELIPE DE LEÓN

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 24 de enero de 1862

Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua. Libro de Jesús de la Rocha, 1864

Art. 1° El barrio de San Felipe es pueblo de la República desde hoi en delante; i como tal, su gobierno interior estará a cargo de las autoridades que al efecto elija.

Art. 2° La municipalidad del pueblo de San Felipe, se compondrá de un alcalde propietario i un suplente, dos Rejidores, un Síndico, un Juez de agricultura i un suplente, electos conforme a la lei de elecciones.

Art. 3° Las tierras de que hasta hoi es legalmente propietario el barrio de San Felipe, serán distribuidas con arreglo a la lei en provecho del mismo pueblo.

Art. 4° Tanto para verificar la primera eleccion de las autoridades del pueblo, como para lo demas que tienda a su establecimiento, el Gobierno emitirá los reglamentos correspondientes.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.