Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL ACUERDO BILATERAL DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA
NICARAGÜENSE CON EL GOBIERNO DE ESPAÑA

DECRETO A.N. No. 2015. Aprobado el 3 de Septiembre de 1998.

Publicado en La Gaceta No. 177 de 22 de Septiembre de 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO:

ÚNICO:

Que la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. (CESCE), suscribió con Nicaragua un Acuerdo Bilateral de Consolidación de la Deuda Nicaragüense con España para consolidar los reembolsos de vencimiento de principal e intereses correspondientes al Convenio Bilateral de Refinanciación entre ambos países.
En uso de sus facultades;

HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:


DE APROBACIÓN DEL ACUERDO BILATERAL DE CONSOLIDACIÓN
DE LA DEUDA NICARAGÜENSE CON EL GOBIERNO DE ESPAÑA

Artículo 1.- Apruébase el Acuerdo Bilateral de Consolidación de la Deuda Nicaragüense con el Gobierno de España, para la consolidación de los reembolsos de vencimiento al principal de intereses correspondientes al Convenio Bilateral de Refinanciación de 9 de Abril de 1981; y de 16 de Noviembre de 1993.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tres días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL.- NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.

POR TANTO:

Publíquese y ejecútese. Managua, diez de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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