Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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SE ENCARGA A LOS MÉDICOS FORENSES UNAS FUNCIONES

Aprobado el 13 de enero de 1900

Publicado en La Gaceta No. 978 del 18 de enero de 1900


Se encargan a los Médicos Forenses unas funciones

El Presidente de la República, considerando: que el art. 12 del Reglamento Militar, al referirse a las Juntas de Empadronamiento Departamental, prescribe que deben componerse del Gobernador Militar, del Jefe Político respectivo y del Cirujano de la Guarnición; que no existiendo la persona que desempeñe este último cargo, es indispensable completar aquellas y que el Gobierno al establecer los empadronamientos militares, se ha propuesto llevar a cabo las mayores economías posibles, acuerda: los Médicos Forenses quedarán encargados de ejercer las funciones que corresponden al Cirujano de la Guarnición, al quedar establecidas las Juntas de Empadronamiento Departamental.

Comuníquese – Managua, 13 de Enero de 1900 – Zelaya – El Ministro de la Guerra – Sáenz.
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