Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE EDUCADORES E INTERPRETES AMBIENTALISTAS (ASODEA-ESTELINATURA)

DECRETO A. N. N°. 2517, aprobado el 07 de marzo de 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 71 del 10 de abril de 2000

Decreto A.N. N°. 2517

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo de nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE EDUCADORES E INTERPRETES AMBIENTALISTAS (ASODEA-ESTELINATURA), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Estelí.

Arto. 2. La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3. La Asociación de Educadores e Intérpretes Ambientalistas (ASODEA-ESTELINATURA está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones del a Asamblea Nacional, a los siete días del mes de Marzo del dos mil. – OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. – PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecútese. Managua tres de Abril del año dos mil ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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