Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES, TURISMO Y SERVICIOS MÚLTIPLES PRÓXIMA OLA (COPRO R. L.)]

RESOLUCIÓN N°. 001-2021-PJ-RI-MEFCCA, aprobada el 06 de abril de 2021

Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 30 de junio de 2021

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de RIVAS del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 28 se encuentra la Resolución No. 001-2021-PJ-RI-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2021-PJ-RI-MEFCCA, Rivas, veintitrés de Marzo del año dos mil veintiuno, las tres de la tarde, en fecha tres de Marzo del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES, TURISMO Y SERVICIOS MULTIPLES PRÓXIMA OLA (COPRO R. L.) con domicilio social en el Municipio de San Juan del Sur, departamento de Rivas. Se constituye a las una de la tarde del día once de Septiembre del año dos mil veinte. Se inicia con veinte (20) asociados, trece (13) hombres, siete (7) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$343,200 (trescientos cuarenta y tres mil doscientos córdobas netos) y un capital pagado de C$85,800 (ochenta y cinco mil ochocientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES, TURISMO Y SERVICIOS MULTIPLES PROXIMA OLA (COPRO R. L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Sharling Brandon Sandino Rodríguez; Vicepresidente (a): Jader Abrahan Olivas Meza; Secretario (a): Daniel Alexander Salaverri García; Tesorero (a): Ecdierir Ivan Ibarra Hurtado; Vocal: William Geovanny Lara Rivas; Vocal 2: Alvaro Antonio Mora Bello; Vocal 3: Freddy Borge Rivas. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Karla María Somarriba Somarriba, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los seis días del mes de Abril del año dos mil veintiuno. (f) Karla María Somarriba Somarriba Delegada Departamental.
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