Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Reglamentos
Abrir Gaceta
-
REFORMAS AL REGLAMENTO DEL DESARROLLO URBANO

REGLAMENTO No. 21 - D Aprobado el 15 de Abril de 1959

Publicado en La Gaceta No. 106 del 15 de Mayo de 1959

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

I). - Que el Reglamento de Desarrollo Urbano Número Tres (Sobre Zonificación del Territorio del Distrito Nacional) ha estado en vigencia desde hace cuatro años.

II). – Que durante su vigencia el Tribunal de Apelaciones al que se refiere el Artículo 58 del mismo reglamento ha dictado sentencias que introducen variantes en sus aplicación, que aparecen en las sentencias de ese Tribunal.

III). – Que con el objeto de incorporar estas variantes se hace necesario reformar el Reglamento mencionado a fin de que ajuste mejor a la realidad urbanística de la ciudad de Managua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.