Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-
(SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1583 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 446-2002, Aprobado el 10 de Septiembre del 2002

Publicado en La Gaceta No. 179 del 23 de Septiembre del 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA


Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato de Préstamo No. 1583 por un monto de ochocientos ochenta y dos mil cincuenta y un dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar, moneda de los Estados Unidos de América (US$ 882,051.45), destinados a financiar parcialmente el “Programa de Transformación Productiva (PTP)” en el marco de la Estrategia de Reducción a la Pobreza, que será ejecutado por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).

Artículo 2.- La Certificación de este Acuerdo servirá para la acreditación de la representación para la firma del Contrato de Préstamo No. 1583, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Banco Centroamericano de Integración Económica.

Artículo 3.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día diez de Septiembre del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.