Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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LEY LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GRANADA

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 613, aprobado el 14 de enero de 1943

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 14 del 22 de enero de 1943

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

ACUERDA:

PRIMERO - Aprobar en la forma siguiente, el acuerdo que dice:
“No. 459 – La Municipalidad de Granada, en uso de sus facultades.
ACUERDA:

ÚNICO: Como medida de interés general, de conformidad con las funciones de ornato encomendadas por la Ley Legislativa del 8 de Marzo de 1895, publicada en “La Gaceta” Diario Oficial el 15 de Marzo del mismo año, en vista del peligro que para los transeúntes acarrea el mal estado de las aceras de la ciudad, se señala el plazo de treinta días para que los dueños de los edificios, reparen convenientemente, las que en la actualidad presenten deterioros que dificulten el libre tránsito.

A los infractores se les impondrá la multa correspondiente, en conformidad con lo dispuestos en el Arto. 17 del plan de arbitrios vigente.

Elévese al conocimiento del Supremo Gobierno.

Dado en Granada, a los catorce días del mes de Enero de mil novecientos cuarenta y tres. – GILBERTO LACAYO B. – J. PASOS. – JUAN M. LÓPEZ. – ALEJ. BARBERENA PÉREZ, Srios.

SEGUNDO – La presente ley local empezará a regir quince días después de su publicación por bando en la ciudad de Granada.

Comuníquese – Casa Presidencial – Managua, D. N., 20 de Enero de 1943 – SOMOZA. – El Ministro de la Gobernación – LEONARDO ARGUELLO.
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