Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE TRABAJADORES DEL GRUPO SEAJOY DE NICARAGUA "DESARROLLO INTEGRAL" R.L (CONSUDEIN, R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 008-2021-PJ-CH-MEFCCA, aprobada el 25 de noviembre de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2021

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de CHINANDEGA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 083 se encuentra la Resolución No. 008-2021-PJ-CH-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 008-2021-P JCH-MEFCCA, Chinandega, veinticuatro de Noviembre del año dos mil veintiuno, las tres de la tarde, en fecha once de Octubre del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE CONSUMO DE TRABAJADORES DEL GRUPO SEAJOY DE NICARAGUA "DESARROLLO INTEGRAL" R.L (CONSUDEIN, R.L) con domicilio social en el Municipio de Chinandega, departamento de Chinandega. Se constituye a las dos de la tarde del día quince de Junio del año dos mil veintiuno. Se inicia con treinta y ocho (38) asociados, veintiocho (28) hombres, diez (10) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 1,007 ,000 (un millón siete mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 251, 700 (doscientos cincuenta y un mil setecientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: A pruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE CONSUMO DE TRABAJADORES DEL GRUPO SEAJOY DE NICARAGUA "DESARROLLO INTEGRAL" R.L (CONSUDEIN, R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Margarita Yamileth Rostran Ramírez; Vicepresidente (a): Mariela Yessenia Zapata Velasquez; Secretario (a): Karla Yesenia Garcia Sandino; Tesorero (a): Yader Jose Alvarez Mayorga; Vocal: Ariel De Jesus Velasquez Prado; Vocal 2: Eisa Maria Gomez Lopez; Vocal 3: Candida Rosa Montiel Moreno. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Arlen Chávez Argüello, Directora de Legalización y Registro. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos mil veintiuno. (f) Arlen Chávez Argüello, Directora de Legalización y Registro.
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