Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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Sin Vigencia

(APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL PRIMER PÁRRAFO, DEL TRANSITORIO I DEL REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO RTCA 65.05.67:18 INSUMOS AGRÍCOLAS. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO, PLAGUICIDAS QUÍMICOS FORMULADOS, SUSTANCIAS AFINES, COADYUVANTES Y VEHÍCULOS FÍSICOS DE USO AGRÍCOLA. REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN DE ETIQUETAS Y PANFLETOS)

RESOLUCIÓN No. 424-2020 (COMIECO-XCI), aprobada el 23 de junio de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 191 del 16 de octubre de 2020

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico;


Que según los artículos 7 y 26 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte han convenido en establecer un proceso de armonización regional de la normativa técnica;

Que mediante la Resolución No. 401-2018 (COMIECO-LXXXIII), del 28 de junio de 2018, el COMIECO aprobó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67: 18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos;

Que las instancias de la Integración Económica han conocido la propuesta técnica de modificación parcial del referido RTCA, para ampliar el plazo de presentación de los requisitos de actualización de etiqueta y panfleto, y la han sometido a consideración de este foro;

Que el COMIECO se puede reunir de manera virtual mediante el sistema de videoconferencia, en cuyo caso, le corresponde a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) recopilar la firma de cada uno de los Ministros o Viceministros, según corresponda, en su respectivo país,

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 5, 7, 15, 26, 36, 37, 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala; y 19, 20 Bis, 32 y 32 Bis del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos: de Ministros de Integración Económica, Intersectorial de Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de Integración Económica,

RESUELVE:

1. Aprobar la modificación del primer párrafo, del Transitorio 1 del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67:18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos, de la forma siguiente:

"14.1 Transitorio l.

DE LOS ADMINISTRADOS: Los administrados tendrán un plazo hasta el 30 de junio de 2022, para presentar los requisitos de actualización de Etiqueta y Panfleto establecidos en el presente reglamento. En el caso de Nicaragua, dicho plazo será hasta el 31 de diciembre de 2021, para presentar los requisitos de actualización de Etiqueta y Panfleto establecidos en el presente reglamento."

2. La presente Resolución entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2020 y será publicada por los Estados Parte.
Centroamérica, 23 de junio de 2020

(f) Dyalá Jiménez Figueres, Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) María Luisa Hayem Brevé, Ministra de Economía de El Salvador. (f) Edith Flores de Molina, Viceministra, en representación del Ministro de Economía de Guatemala. (f) María Antonia Rivera, Designada Presidencial y Encargada del Despacho de Desarrollo Económico de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. (f) Juan Carlos Sosa, Viceministro, en representación del Ministro de Comercio e Industrias de Panamá.
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