Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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SE SUPRIMEN LOS AGENTES AMBULANTES DE CORREO

ACUERDO PRESIDENCIAL, aprobado el 20 de octubre de 1893

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 79 del 25 de octubre de 1893

El Presidente de la República, en uso de sus facultades,

Acuerda:

Quedan suprimidos desde esta fecha, los empleados de Agentes ambulantes del correo, creados por decreto del 2 de Septiembre último.

En consecuencia, los conductores de los trenes del ferrocarril y Capitanes de los vapores nacionales, tendrán la obligación de recibir y entregar las balijas de correspondencia en los lugares en que toquen, pidiendo y dando el correspondiente recibo.

Comuníquese – Managua, 20 de Octubre de 1893 – Zelaya – El Ministro de Fomento por la ley – Abaunza.
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