Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Declaraciones
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CONDENA Y RECHAZO A LA ESTRATEGIA BIOLÓGICA MILITAR DIRIGIDA POR ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN CONTRA DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

DECLARACIÓN A.N. N°. 04-2023, aprobada el 09 de agosto de 2023

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 11 de agosto de 2023

DECLARACIÓN A.N. Nº. 04-2023

CONDENA Y RECHAZO A LA ESTRATEGIA BIOLÓGICA MILITAR DIRIGIDA POR ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN CONTRA DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA.

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que nuestra Constitución Política establece que la lucha por la paz y por el establecimiento de un orden internacional justo, son compromisos irrenunciables de la nación nicaragüense. Por ello nos oponemos a todas las formas de dominación y explotación colonialista e imperialista y somos solidarios con todos los pueblos que luchan contra la opresión y la discriminación.

II

Que somos una nación que está en contra de todo tipo de agresión política, militar, económica, cultural, religiosa; la injerencia extranjera y el uso de medios de destrucción masiva en conflictos internos e internacionales.

III

Que el Estado de Nicaragua está comprometido con la "Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción" y por tanto se opone al desarrollo, producción, almacenamiento y suministro de agentes microbianos u otros agentes biológicos, o toxinas, no destinados a la protección de la salud o prevención de enfermedades; así como el desarrollo, producción, almacenamiento y suministro de armas, equipos y vectores destinados a utilizar esos agentes o toxinas con fines hostiles o en conflictos armados.

IV

Que las actividades evidenciadas en el Informe final de la Comisión Parlamentaria sobre la investigación de las circunstancias relacionadas con la creación de laboratorios biológicos por parte de especialistas estadounidenses en el territorio de Ucrania, aprobado por la Duma Estatal y el Consejo de la Federación de Rusia, representan una amenaza por la posible fuga de microorganismos, patógenos peligrosos almacenados allí, que pueden causar brotes de enfermedades infecciosas e incluso epidemias, dejando en evidencia que el programa biológico estadounidense en Ucrania tiene objetivos militares.

V

Que Estados Unidos de América es el único país del planeta que ha utilizado armas nucleares, químicas y biológicas en la población como parte de una estrategia biológica con fines armamentísticos, lo que representa una verdadera ocupación biológica militar en varias regiones del Mundo, principalmente en el espacio postsoviético, amenazando la salud y la vida de las poblaciones en estos territorios.

POR TANTO,

La Asamblea Nacional en uso de sus facultades que le otorgan el Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el numeral 4) del Artículo 92 de la Ley Nº. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo con sus reformas incorporadas.

DECLARA

PRIMERO: Condenamos y rechazamos la creación de la Red Global de Laboratorios biológicos establecidos en terceros países, como es el caso de Ucrania, bajo el nombre de Programas para la Seguridad Biológica y el combate contra el bioterrorismo, por parte de los Estados Unidos de América; mediante la cual se desarrollan actividades de investigación de doble propósito con fines biomédicos y militares, comprometiendo el equilibrio ecológico, la integridad y la vida de las poblaciones en cada lugar y el Mundo.

SEGUNDO: La estrategia biológica militar y su Red Global de Laboratorios biológicos facilita la comisión de crímenes de lesa humanidad, por tanto los Gobiernos del mundo y sus respectivos Parlamentos deben condenar estos actos.

TERCERO: Las Naciones Unidas, como organización internacional, debe velar por que se mantenga la paz y armonía entre los pueblos del mundo, y es quien debe tomar medidas eficaces, oportunas y sin tratamientos preferenciales para investigar, condenar y promover sanciones a los Estados que infrinjan lo prescrito en la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción.

CUARTO: Demandamos el cese de la política exterior de injerencismo y agresión imperial que históricamente ha puesto en práctica el Gobierno de los Estados Unidos de América y que ahora se manifiesta a través de su estrategia biológica militar, atentando contra la seguridad de la Federación de Rusia y del mundo entero, al constituirse una amenaza global para la humanidad.

QUINTO: Publíquese la presente Declaración Legislativa en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
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