SE DECLARAN UNAS LEYES ORDINARIAS (IMPRENTA, MARCIAL, AMPARO Y ELECTORAL)
LEY, Aprobado el 9 de Septiembre de 1897
Publicado en La Gaceta No. 338 del 21 Septiembre de 1897
La Asamblea Nacional Legislativa decreta:
Único - Se declaran leyes ordinarias: la de imprenta, la marcial, la de amparo y la electoral que consideraba constitucionales el artículo 155 de la Constitución de 1893, suprimidos por las reformas de 1896.
Dado en el Salón de Sesiones- Managua, 9 de Septiembre de 1897- Gabriel Rivas, D. P- G. Abaunza, D. V. S.- R. Morales, D. V. S.
Ejecútese- Palacio Nacional- Managua, 16 de Septiembre de 1897- J. S. Zelaya- El Subsecretario de la Gobernación, encargado del Despacho- D. Manzanares, hijo.