(CIRCULAR SOBRE EXPORTACIÓN DE BÁLSAMO DEL PERÚ Y CHICLE O BALATA)
No. 90, Aprobado el 1 de Octubre de 1918
Publicado en La Gaceta No. 225 del 5 de Octubre de 1918
REPÚBLICA DE NICARAGUA
ADMINISTRACIÓN DE ADUANAS MANAGUA
Circular Administrativa No. 90
Señores Administradores de Aduanas:
1.- Para su debido cumplimiento se les trascribe la siguiente comunicación del señor Ministro de Fomento, fechada, septiembre 30, 1918.
“Estando concesionados los bosques nacionales para la explotación de los productos llamados Bálsamo del Perú y Chicle o Balata, ruego a Ud. se sirva dar instrucciones a los empleados de las aduanas de exigir a los exportadores de dichos productos, una certificación de los Jefes Políticos, de que tales productos han sido extraídos de los árboles en terrenos particulares.- (f) Zavala.
2.- Sírvanse acusar recibo.
El Recaudador General de Aduanas, por la ley, IRVING A. LINDBERG.