Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

SE RATIFICA EL DECRETO EJECUTIVO N°. 18-2005 QUE AUTORIZA EL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE FRAGATA DE VIGILANCIA PRAIRIAL

DECRETO LEGISLATIVO N°. 4217, aprobado el 26 de abril de 2005

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 92 del 13 de mayo de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El Siguiente:

DECRETO

Artículo 1. - De conformidad a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 92 de la Constitución Política, ratifíquese el Decreto Ejecutivo N°. 18-2005 que autoriza el ingreso y permanencia en el territorio de la República de Nicaragua de la Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa, compuesta de 94 efectivos y sus equipos, en el período comprendido del 3 al 6 de mayo del 2005; la que realizará con el Ejército de Nicaragua ejercicios de intercambios de experiencias en la preparación, adiestramiento y la organización de operaciones humanitarias de rescate, evacuación y auxilio, en caso de desastres, autorizando sobrevuelos de ejercicios de adiestramientos de navegación sobre tierra y aguas territoriales para un helicóptero ALQUETE III, tipo SA 319 B, a bordo de la Fragata.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, cuatro de Mayo del dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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