Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DIRECTOR GUILLERMO JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, DEL SISTEMA NACIONAL DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES (SINAPRED), PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), CONVENIO DE COOPERACIÓN FINANCIERA NO REEMBOLSABLE, POR LA SUMA DE (U$500,000.00 DÓLARES), MEDIANTE RESOLUCIÓN N°. DI-22/2021, DEL 23 DE FEBRERO DE 2021)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 57-2021, aprobado el 16 de marzo de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 57 del 23 de marzo de 2021

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 57-2021

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro Director Guillermo José González González (Conocido también como Guillermo José González), del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable, por la suma de Quinientos Mil Dólares (US$ 500,000.00), moneda de Estados Unidos de América, autorizados por el Directorio del BCIE mediante Resolución N°. DI-22/2021 de fecha 23 de febrero del 2021, por Ayudas de Emergencias y Desastres Naturales a favor de los Estados Miembros del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), hasta por un monto total de Cuatro Millones de Dólares (US$ 4,000,000.00), distribuidos en Quinientos Mil Dólares (US$ 500,000.00) para cada país, para apoyar los esfuerzos que cada uno de los países miembros del SICA, están realizando para enfrentar la emergencia que se presenta por motivo de la expansión del virus COVID-19, la cual será ejecutada por SINAPRED.

Artículo 2. La certificación de este acuerdo acreditará la representación del Ministro Director Guillermo José González González (Conocido también como Guillermo José González), del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), para la suscripción del Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable referido en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dieciséis de marzo del año dos mil veintiuno. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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