Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL "PIEDRA BATEA" EN SOMOTO, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SOMOTO, DEPARTAMENTO DE MADRIZ)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 31-2020, aprobada el 16 de marzo de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 50 del 12 de marzo de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES
(MARENA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº. 31-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los recursos naturales existentes en el territorio nacional.

II

El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua. A través de las Delegaciones Territoriales podrá apoyar técnicamente a los Gobiernos Municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los Parques Ecológicos Municipales.

III

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, particularmente la Dirección Especifica de Biodiversidad, del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Manual de Criterios Técnicos para declarar Parques Ecológicos Municipales (PEM).

IV

Que la Alcaldía Municipal del Poder Ciudadano en el Municipio de Somoto, Departamento de Madriz, Certifica y Declara Parque Ecológico Municipal (PEM) Piedra Batea, ubicado en el Municipio de Somoto; bajo la Certificación Municipal/Acuerdo Nº. 005-2020, del día viernes 13 de marzo del año dos mil veinte.

V

Que el sitio denominado Piedra Batea constituye un área de gran valor ecosistémico para el Departamento de Madriz, en vista que posee características para la recreación, turismo rural, avistamiento de aves, investigación científica entre otras.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley Nº. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley Nº. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y artículo 24 del Decreto 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas.

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer y Aprobar como Parque Ecológico Municipal "Piedra Batea", el cual cuenta con una extensión superficial de 1, 130 hectáreas equivalentes a 1,604.6 manzanas, dedicadas a la conservación y protección de la Biodiversidad, ubicado en el Municipio de Somoto, Departamento de Madriz, por ser un sitio de importancia ecológica, servicios medioambientales y ecosistémicos paisajísticos.

SEGUNDO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de marzo del dos mil veinte. (f) Fanny Sumaya Castillo Lara, Ministra Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA).
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