Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-
(NOMBRAR COMO MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES (EAAI), A LOS SIGUIENTES CIUDADANOS)

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº. 225-2007, aprobado el 24 de abril de 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 86 del 09 de mayo de 2007

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº. 225-2007

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Se reforma el artículo 1 del Acuerdo Presidencial Nº. 66-2007, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 28 del 8 de febrero de 2007; el que se leerá así:

“Artículo 1. Nombrar como Miembros de la Junta Directiva de la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI), a los siguientes ciudadanos:
Compañero Dr. José Reynaldo Barberena Lazo, Presidente
Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales

Compañero Ing. Pablo Fernando Martínez Espinoza, Miembro
Ministro de Transporte e Infraestructura, o su delegado

Compañero Msc. Alberto José Guevara Obregón, Miembro
Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado

Compañero Dr. Horacio Manuel Brenes Icabalceta, Miembro
Ministro de Fomento, Industria y Comercio, o su delegado

Compañero Dr. Juan Umaña Loáisiga, Miembro
Delegado del Ministerio de Defensa

Compañero Arq. Mario Salinas Pasos, Miembro
Presidente del Instituto Nicaragüense de Turismo, o su delegado

Compañera Lic. Claudia Obregón Meza, Miembro
Representante Asociaciones Privadas Nacionales de Turismo

Compañero Ing. Leslie Cohen Hodgson, Miembro
Representante de la Sociedad Civil

Compañero Cristóbal García, Miembro
Representante de la Sociedad Civil

Compañero Jorge Brenes Abdalah, Miembro
Representante de la Sociedad Civil

Artículo 2. Deróguese el Acuerdo Presidencial Nº. 96-2007, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 37 del 21 de febrero de 2007.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil siete.- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.