Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ANPDH

DECRETO A.N. N°. 403, aprobado el 21 de febrero de 1991

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 84 del 10 de mayo de 1991

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que;

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente,

DECRETO

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Nicaragüense Pro-Derechos Humanos (ANPDH), asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Artículo. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que lo-determinen sus Estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.

Arto. 3.- La Asociación Nicaragüense Pro-Derechos Humanos estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y uno, - Alfredo César Aguirre. Presidente de la Asamblea Nacional. - Fernando Zelaya Rojas. Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese, - Managua, ocho de Marzo de mil novecientos noventa y uno. -Violeta Barrios de Chamorro. Presidenta de la República.
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