SE HABILITA UNA ZONA PARA SEMBRAR TABACO
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 5 de Noviembre de 1897
Publicado en La Gaceta No. 381 del 12 de Noviembre de 1897
El Presidente del Estado, en uso de sus facultades, acuerda:
1º.- Habilitar como zona tabacalera los departamentos de Jinotega y Matagalpa.
2º.- Los Jefe Políticos de ambos departamentos concederán licencia para siembra conforme á lo dispuesto en el decreto de 24 de Junio próximo pasado.
Comuníquese - Managua, 5 de Noviembre de 1897 – Zelaya - El Ministro de Instrucción Pública, y ramos anexos, por la ley - Aragón.