Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
(APRUEBA EMISIÓN POSTAL EXTRAORDINARIA)

DECRETO EJECUTIVO N°. 113-2004, aprobado el 14 de octubre del 2004

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 209 del 27 de octubre del 2004

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I

Que Correos de Nicaragua S.A. ha solicitado la aprobación de la Emisión Postal Extraordinaria del año 2004 “Sesquicentenario del Dogma de la inmaculada Concepción de María” la cual ha sido de previo aprobada por la Comisión Asesora de Filatelia de dicha Empresa, por Acuerdo Administrativo No. 058-2004 del once de octubre del año en curso, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Especies Postales y Filatélicas.

II

Que la solicitud introducida por Correos de Nicaragua S.A. a que se refiere el considerando anterior, está ajustada al Reglamento anteriormente señalado.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Se aprueba, la Emisión Postal Extraordinaria del año 2004 “Sesquicentenario del Dogma de la Inmaculada Concepción de María” que a continuación se detalla:

Nombre de la Emisión: “Sesquicentenario del Dogma de la Inmaculada Concepción de María”

Fecha de Circulación: 06 de Diciembre 2004

No. De Valores: uno

Tiraje: 50,000 sellos

Tamaño del sello: 30 x 40 mm

Valor Facial: C$ 3.00

Perforación: 13. ½

Papel: PVA engomado 110 g.

Impresión: OFFSET Litografía

Características de la emisión: un sello

Numeración requerida: en pliegos

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la cuidad de Managua, Casa Presidencial, el catorce de octubre del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.