Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCTOS LOS ARRALLANES R.L (LOS ARRALLANES R.L)

RESOLUCIÓN N°. 008-2020 PJ CH MEFCCA, aprobada el 08 de septiembre de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 209 del 11 de noviembre de 2020

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Chinandega del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 070 se encuentra la Resolución No. 008-2020 PJ CH MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 008-2020 PJ CH MEFCCA, Chinandega ocho de Septiembre del año dos mil veinte, las tres de la tarde, en fecha diecinueve de Agosto del año dos mil veinte, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN LOS ARRALLANES R.L (LOS ARRALLANES R.L) con domicilio social en el Municipio de San Francisco del Norte, departamento de Chinandega. Se constituye a las ocho de la mañana del día ocho de Mayo del año dos mil veinte. Se inicia con once (11) asociados, seis (6) hombres, cinco (5) mujeres, con un capital suscrito de C$ 11,000 (once mil córdobas netos) y un capital pagado de C$3,000 (tres mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: A pruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN LOS ARRALLANES R.L (LOS ARRALLANES R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Cresencio Elias Sanchez Andrade; Vicepresidente (a): Jose Luis Sanchez Andradez; Secretario (a): Pedro Ricardo Andrade Toruño; Tesorero (a): Luisa Yajayra Cruz Andrade; Vocal: Mabel Urania Reyes Amador. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Dorys Anielka Centeno Castillo, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los ocho días del mes de Septiembre del año dos mil veinte. (f) Dorys Anielka Centeno Castillo. Delegada Departamental.
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