Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(DONASE UN PREDIO PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL PALACIO MUNICIPAL DE CHINANDEGA)

DECRETOS LEGISLATIVO, Aprobado el 07 de Febrero de 1936

Publicado en La Gaceta Nº 90 de 24 de Abril de 1936

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,
SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Arto.1º—Dónase a la Municipalidad de Chinandega, un predio urbano de la propiedad del Gobierno, situado en la ciudad de Chinandega, bajo los siguientes linderos: Norte, casa y solar de Clara Delgadillo; Sur, casa y solar calle en medio de Arcadia R. de Cisneros y solar de la sucesión de Tiburcio Venerio; Este, solar de Mariano Montealegre; Oeste, calle en medio solar del Dr. José del Carmen Gasteazoro.

Arto 2º—La donación anterior se hace bajo la condición de que la Municipalidad de Chinandega construya en ese predio su Palacio Municipal, para residencia de sus oficina., debiendo empezar los trabajos en el curso del año siguiente a la promulgación de esta ley.

Arto. 3º—Esta ley empezará a regir desde su publicación en« La Gaceta».

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado—Managua, D. N., 7 de Febrero de 1936. José D. Estrada, S. P. Fernando Saballos S.S. J. Franco, Jerez R., S. S.

Al Poder Ejecutivo -Cámara de Diputados. —Managua, D N., 11 de Febrero de 1936. Canst Urcuyo, D. P. Edmundo López, D.S. Leopoldo Argüello Gil, D. S.

Por Tanto: - EJECUTESE_ Casa Presidencial—Managua, D. N., 21 de Febrero de 1936. JUAN B. SACASA. El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, FRANCO CASTRO.
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