Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR “ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA SUSCRITO ENTRE EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, LA REPÚBLICA DE CUBA, LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 147-2013, Aprobado el 3 de Julio del 2013.

Publicado en La Gaceta No. 124 del 4 de Julio del 2013.

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Compañero José de Jesús Bermúdez Carvajal, Director General de Comercio Exterior, del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el “Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica suscrito entre El Estado Plurinacional de Bolivia, La República de Cuba, La República de Nicaragua y La República Bolivariana de Venezuela”; en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) en Montevideo, República del Uruguay.

Artículo 2. déjese sin efecto el Acuerdo Presidencial No. 146-2013, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 122 de fecha 02 de julio del año 2013.

Artículo 3. La certificación de este Acuerdo faculta amplia y suficientemente al Compañero Bermúdez Carvajal, para proceder de conformidad.

Artículo 4. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día tres de julio del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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