Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Resoluciones
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Sin Vigencia
(MODIFICAR POR SUSTITUCIÓN TOTAL EL ANEXO AL REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBRE EL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS, QUE CONTIENE LAS REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS, APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN N°. 181-2006-COMIECO-XXXIX)

RESOLUCIÓN N°. 268-2011 (COMIECO-LXI), Aprobado el 02 de Diciembre de 2011

Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N°. 65 de 11 de Abril de 2012

RESOLUCIÓN N°. 268-2011 (COMIECO-LXI)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico;

Que mediante Resolución No. 156-2006 (COMIECO-EX) adoptada el 7 de junio de 2006, el Consejo de Ministros aprobó el Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, con su Anexo de Reglas de Origen Específicas, el cual fue modificado por Resolución No. 181-2006 (COMIECO-XXXIX) del 9 de noviembre de 2006;

Que derivado de la inclusión en el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) de la Quinta Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y de la adecuación de la Versión Única en Español de la referida Quinta Enmienda, se revisaron las Reglas de Origen Específicas correspondientes;

Que el Comité Técnico de Reglas de Origen presentó una propuesta de modificación al Anexo de Reglas de Origen Específicas, que el Comité de Política Arancelaria elevó a la Reunión de Viceministros, quien recomendó su aprobación por el Consejo de Ministros,
POR TANTO:

Con fundamento en los artículos V del Tratado General de Integración Económica Centroamericana 1, 7, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala y 32, inciso 2) del Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías,
RESUELVE:

1. Modificar por sustitución total el Anexo al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, que contiene las Reglas de Origen Específicas, aprobado mediante la Resolución No. 181-2006 (COMIECO-XXXIX) adoptada el 9 de noviembre de 2006, en la forma como aparece en el Anexo a la presente Resolución y que es parte integrante de la misma.

2. La presente Resolución entra en vigor el uno (1) de enero de 2012 y será publicada por los Estados Parte.

San Salvador, El Salvador, 2 de diciembre de 2011. Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro, en representación de la Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica. Héctor Dada Hirezi, Ministro de Economía de El Salvador. Luis A. Velásquez Q., Ministro de Economía de Guatemala. José Francisco Zelaya, Ministro de Industria y Comercio de Honduras. Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua.
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