Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(HÁSE POR INSTALADO EL CONGRESO NACIONAL DE SESIONES EXTRAORDINARIOS)

DECRETO No. 285; Aprobado el 5 de Noviembre de 1957

Publicado en La Gaceta No. 255 del 09 de Noviembre de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,
SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Congreso Nacional de la República de Nicaragua, en Cámaras Unidas,
DECRETA:

Único.- Háse por instalado el Congreso Nacional de la República, en las sesiones extraordinarias a que fue convocado por Decreto Ejecutivo No. 324 del uno de Noviembre corriente.

Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas.- Managua, D. N., 5 de Noviembre de 1957.- LUIS MANUEL DEBAYLE, Presidente.- OSCAR SEVILLA SACASA, Secretario.- JOSÉ M. ZELAYA C, Secretario.

POR TANTO: Publíquese.- Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, cinco de Noviembre de mil novecientos cincuenta y siete.- LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- JULIO C. QUINTANA, Ministro de la Gobernación.
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