Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera, Sector Energético y Minero
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(AUTORIZACIÓN PARA INCORPORAR Y REGISTRAR DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LA REPÚBLICA)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 19-2005, Aprobado el 2 de Junio del 2005.

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 129 del 5 de Julio del 2005.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

l

Que conforme acta de reunión realizada en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, de las diez de la mañana del dos de noviembre de dos mil cuatro, reunidos en la sala de conferencias del lV piso del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los Señores: Doctor LUIS EDUARDO MONTIEL, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Ing. FRANK KELLY, Presidente del ENEL; Ing. HUMBERTO SALVO, Gerente General de ENTRESA; Ing. JOSÉ LEY, Director de Negocios de DISNORTE Y DISSUR; ante la presencia del Ing. RAÚL SOLÓRZANO, Presidente de la comisión Nacional de Energía (CNE); convinieron: “El Gobierno de Nicaragua se compromete a la cancelación de sus adeudos DISNORTE y DISSUR conforme los procedimientos y en los montos establecidos en el Plan de Pagos del Gobierno de Nicaragua a DISNORTE y DISSUR (Anexo No. 1 del acta de reunión)”.
ll

Que de acuerdo a la referida acta de firmada por el, Dr. Luis Eduardo Montiel, en su calidad de Ministro de Hacienda y Crédito Público, existe un compromiso pendiente de pago por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público conforme Plan de pago del Gobierno de Nicaragua (Anexo No. 1 del acta de reunión) a la Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (DISNORTE) y Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A., (DISSUR) por los siguientes conceptos: Trasiego Internacional por la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIEN CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 24,539,100.00); y subsidio a Jubilados por la cantidad de TRECE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 13,139,840.00).

Que conforme con la Ley No. 518 “Ley Anual de Presupuesto General de la República 2005”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 24 el 3 de febrero de 2005”, existe en la partida de Sentencias Judiciales y otras Deudas Contingentes, en el renglón de amortización de la deuda publica interna, el crédito presupuestario para pagar las referidas deudas en concepto de Trasiego Internacional y Subsidios a Jubilados.
lV

Que el Comité Interno de Operaciones Financieras (CIOF) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en Acta No. 34 de las diez de la mañana del treinta de mayo de dos mil cinco, por unanimidad de votos aprobó: Que se registre e incorpore como Deuda Pública Interna la obligación que consta en el acta y anexo citado. Que se proceda la cancelación de dicha obligación de conformidad con las Leyes y Reglamentos pertinentes.

Que para proceder a dicha cancelación la tesorería General de la república solicite a las empresas DISNORTE y DISSUR el detalle de los pagos que deberán efectuarse a dichas empresas por los conceptos de Trasiego Internacional y Subsidio a Jubilados. Que el acta del dos de noviembre de dos mil cuatro y sus anexos, relacionadas anteriormente, formen parte integrante de la presente acta.
V

Que con fecha de primero de junio de 2005 el Director de Negocios de DISNORTE-DISSUR solicito que los pagos en concepto de Trasiego Internacional y Subsidios a Jubilados sea realizados a DISNORTE y DISSUR en partes iguales.
POR TANTO

En uso de las facultades que le confieren el artículo 21 de la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 102 del 3 de junio de 1998; el artículo 96 numeral 2 del Decreto No. 118-2001 “Reformas e Incorporaciones al Reglamento de la Ley No. 290” publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Nos. 1y2 del 2 y 3 de enero de 2002; la Ley No. 477 “Ley general de Deuda Pública”, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 236 del 12 de diciembre del 2003; y su Decreto 02-2004 “Reglamento de la Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública”, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 21 del 30 de enero del 2004.
ACUERDA

PRIMERO: Autorizar a la Dirección general de Crédito Público para que incorpore y registre como Deuda Pública Interna de la República de Nicaragua, en partes iguales, a favor de las Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (DISNORTE) y Distribuidora de Electricidad del Sur (DISSUR) las siguientes cantidades y conceptos: Trasiego Internacional, la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIEN CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 24,539,100.00); y por Subsidio a Jubilados la cantidad de TRECE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 13,139,840.00).

SEGUNDO: Autorizar a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental proceder con los correspondientes registros contables, conforme Ley y Procedimientos vigentes, tomando en cuenta el acuerda primero y los considerando del presente acuerdo.

TERCERO: Autorizar a la Dirección general de Presupuesto garantizar la disponibilidad presupuestaria conforme el crédito presupuestario descrito en el considerando tercero.

CUARTO: Autorizar a la Tesorería General de la República del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, pagar en partes iguales a las Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (DISNORTE), y Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A., (DISSUR) en concepto de Trasiego Internacional, la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIEN CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 24,539,100.00); y por Subsidio a Jubilados la cantidad de TRECE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 13,139,840.00).

QUINTO: El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la ciudad de Managua, a los dos días del mes de junio del año dos mil cinco. MARIO ARANA SEVILLA, Ministro de hacienda y Crédito Público.
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