Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR
CONVENIO DE CRÉDITO DE DESARROLLO PARA EL PROYECTO DE REFORMA DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES)

ACUERDO PRESIDENCIAL No.435-99, Aprobado el 14 de Diciembre de 1999

Publicado En La Gaceta No.239 del 15 de Diciembre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

ACUERDA


Artículo 1.- Autorizar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ing. Esteban Duque Estrada, para que pueda suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF) en nombre y representación de la República de Nicaragua, el Convenio de Crédito de Desarrollo para el Proyecto de Reforma del Sector de Telecomunicaciones(Crédito No.3291-ni), entre la República de Nicaragua y la AIF, por una suma, en diversas monedas, equivalente a once millones seiscientos mil Derechos Especiales de Giro(11,600,000DEG).

Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá para la acreditación de la representación para la firma de Convenio de Crédito de Desarrollo No.3291-NI, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con la AIF.

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte efectos, a partir de esta fecha Publíquese en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día catorce de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALMENA LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua.

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