Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO POR EL QUE SE ACLARA EL DE 25 DE ABRIL DEL AÑO PRÓXIMO PASADO

DECRETO EJECUTIVO, Aprobado, el 14 de Marzo de 1893

Publicado en La Gaceta No. 22 del 22 Marzo de 1893

El Gobierno, con presencia del decreto de 25 de abril del año próximo pasado, por el cual se rebajaron los derechos marítimos a ciertos artículos de consumo general, entre los cuales aparecen en la matriz, el de madejón de seda suelta y torcida, y en la “Gaceta Oficial” número 81, madejón, solamente, resultando de esto dificultadas el comercio para el registro de sus mercancías. Considerando: Que el Gobierno, al emitir dicho decreto, se propuso favorecer la importación del madejón, ya fuese de hilo, seda ó lana, para impulsar la industria manufacturera.

DECRETA:

Art.1°.- El madejón que está favorecido por el decreto de 25 de abril arriba citado, puede ser de seda, hilo o lana.

Art.2°.- En estos términos queda aclarada la repetida disposición de 25 de abril.

Dado en Managua: a 14 de marzo de 1893 – Roberto Sacasa – El Ministro de Hacienda por la ley – Francisco X. Ramírez.
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