Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Resoluciones
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(APROBAR LAS MODIFICACIONES AL ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN, QUE INCORPORA AL SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO (SAC), LOS RESULTADOS DE LA QUINTA ENMIENDA DE LA NOMENCLATURA DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS, EN LA FORMA QUE SE CONSIGNA EN EL ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCIÓN, EL CUAL CONSTITUYE EL ANEXO “ A” DEL CONVENIO SOBRE EL RÉGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO)

RESOLUCIÓN No. 263-2011 (COMIECO-LX), Aprobado el 27 de Julio de 2011

Publicado en Las Gacetas Nº 11y 12 de 19 y 20 de Enero de 2012

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de Aduanas (OMA) con fecha 26 de junio de 2009, aprobó la Quinta Enmienda a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.

Que con la finalidad de mantener un lenguaje común en materia de nomenclatura arancelaria que permita una mayor integración regional y facilite el intercambio comercial internacional, los Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal, aprobaron la adecuación de la Versión Única en Español de la Quinta Enmienda al Sistema Armonizado.

Que de conformidad con el artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala, y el artículo 7 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de integración Económica (COMIECO), aprobar los actos administrativos que requieran el funcionamiento del Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

Que para contar con una nomenclatura arancelaria actualizada, el Comité de Política Arancelaria, en su reunión del 17 de junio de 2011 en la Ciudad de Guatemala, concluyó los trabajos necesarios para adecuar el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), a la Quinta Enmienda y a la Versión Única en Español.
POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 6, 7, 9, 12, 14 y 15 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano y, 37, 38, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala,
RESUELVE:

1. Aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, que incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), los resultados de la Quinta Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, en la forma que se consigna en el Anexo a la presente Resolución, el cual constituye el Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

2. Los Derechos Arancelarios a la Importación de los incisos arancelarios consignados en el Anexo 2 de la Resolución No. 165-2006 (COMIECO XLIX) del 28 de julio de 2006; el Anexo de la Resolución No. 179-2006 (COMIECO-XXXIX) del 9 de noviembre de 2006; el Anexo de la Resolución No.183-2006, (COMIECO-XL) del 29 de noviembre de 2006; el Anexo 2 de la Resolución No. 189-2006 (COMIECO-XLI) del 15 de diciembre de 2006; el Anexo 2 de la Resolución No.196-2007 (COMIECO XLIV) del 24 de abril de 2007; y el Anexo 2 de la Resolución No. 200- 2007 (COMIECO-EX) del 25 de junio de 2007, entrarán en vigencia en las fechas indicadas en las mismas. La Resolución No. 253-2010 (COMIECO-EX) del 8 de octubre de 2010, conservará su vigencia hasta el plazo establecido en la misma.

3. Los Derechos Arancelarios a la Importación de los incisos arancelarios que los Estados Contratantes hayan modificado unilateralmente y notificado al Consejo, continuarán en vigor hasta la fecha en que el COMIECO adopte una decisión sobre los mismos.

4. La presente resolución entrará en vigencia el 1 de enero de 2012 y será publicada por los Estados Parte.

Comalapa, República de El Salvador, 27 de julio de 2011. (f) Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) Héctor Dada Hirezi, Ministro de Economía de El Salvador. (f) Luis A. Velásquez Q., Ministro de Economía de Guatemala. (f) José Francisco Zelaya, Ministro de Industria y Comercio de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua
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