Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-
DECRETO LEGISLATIVO DE RATIFICACIÓN DEL DECRETO PRESIDENCIAL N°. 46-2000 QUE AUTORIZA EL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE UN CONTIGENTE DE TROPAS FRANCESAS

DECRETO LEGISLATIVO N°. 2637, aprobado el 29 de mayo del 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°.112 del 14 de junio del 2000

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

DECRETO LEGISLATIVO DE RATIFICACIÓN DEL DECRETO PRESIDENCIAL N°. 46-2000 QUE AUTORIZA EL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE UN CONTIGENTE DE TROPAS FRANCESAS

Artículo 1. De conformidad con el Artículo 92 de la Constitución Política de la República, ratificase el Decreto Presidencial No. 46-2000 del 25 de Mayo de 2000, que autoriza el ingreso y permanencia en el territorio nacional durante el período comprendido del 2 al 18 de Junio del año en curso, de un contingente representativo de 31 efectivos militares de las Fuerzas Armadas Francesas procedentes de Martinica, con el objeto de concretizar un intercambio amistoso para realizar las actividades de instrucción y preparación en ambiente de apoyo humanitario.

Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintinueve días del mes de Mayo del año dos mil.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Publíquese y ejecútese. Managua, treinta y uno de Mayo del año dos mil.- Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.