Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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AVAL DEL ESTADO AL BIRF SOBRE PRÉSTAMO POR US$ 22,000,000.00 CONCEDIDO A ENALUF

DECRETO LEGISLATIVO N°. 657, aprobado el 23 de septiembre de 1977

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 216 del 24 de septiembre de 1977

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso Nacional, ha ordenado lo siguiente:

“DECRETO No. 657

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Reformase el Arto. 1o. del Decreto legislativo No. 615, de 11 de Marzo de 1977, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 67 de 21 de Marzo del corriente año, el que se leerá así:

Arto 1°.- Autorizase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro o de la persona en quien éste delegue, suscriba en nombre el Estado, Contrato de Garantía con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), sobre el préstamo que por la cantidad de VEINTIDÓS MILLONES DE DÓLARES (US $ 22.000,000.00), concedió el referido Banco a la Empresa Nacional de Luz y Fuerza (ENALUF), con un plazo que vence el 1o. De Febrero de 1981, devengando una taza de interés no mayor del ocho punto siete por ciento (8.7%) anual sobre los saldos desembolsados”.

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., nueve de Septiembre de mil novecientos setenta y siete.- (f) LUIS H. PALLAIS DEBAYLE, Presidente.- (f) ANTONIO CORONADO TORRES, Secretario.- (f) HUMBERTO GUERRERO ZAPATA, Secretario.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado.- Managua, D. N., 23 de Septiembre de 1977.- (f) PABLO RENER, Presidente.- (f) CONSTANTINO MENDIETA R., Secretario.- (f) RAÚL ARANA MONTALVÁN, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., veintitré ;s de Septiembre de mil novecientos setenta y siete.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) GUSTAVO MONTIEL, Ministro de Hacienda y C. P”

Observación: Categoría de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1101, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 190 del 19 de octubre de 2023.
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