Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA APÍCOLA AGROINDUSTRIAL DULCE TALLER R.L. (CAPIDT R.L.)]

RESOLUCIÓN N°. 005-2021-PJ-LE-MEFCCA, aprobada el 26 de noviembre de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2021

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de LEON del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 058 se encuentra la Resolución No. 005-2021-PJ-LE-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 005-2021-PJ-LE-MEFCCA, León, veintiseis de Noviembre del año dos mil veintiuno, las uno de la tarde, en fecha veinticuatro de Noviembre del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA APICOLA AGROINDUSTRIAL DULCE TALLER R.L. (CAPIDT R.L.) con domicilio social en el Municipio de El Sauce, departamento de León. Se constituye a las una de la tarde del día catorce de Octubre del año dos mil veintiuno. Se inicia con diez (10) asociados, cero (0) hombres, diez (10) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 5,000 (cinco mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 2,000 (dos mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA APICOLA AGROINDUSTRIAL DULCE TALLER R.L. (CAPIDT R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Ana Leticia López Lanuza; Vicepresidente (a): Francisca Obando Torrez; Secretario (a): Cindy Kleidy Gurdian Osorio; Tesorero (a): Carmen Maria Torrez Rocha; Vocal: Jaquelin De Milagro Álvarez Lanuza. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Norman Ramón Pérez Baltodano, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veintiseis días del mes de Noviembre del año dos mil veintiuno. (f) Norman Ramón Pérez Baltodano, Delegado Departamental.
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