Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN CONVENIO BÁSICO DE COLABORACIÓN ECONÓMICA Y CIENTÍFICO-TÉCNICA ENTRE NICARAGUA Y CUBA

Decreto No. 1097 de 31 de agosto de 1982

Publicado en La Gaceta No. 215 de 13 de septiembre de 1982

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

I

Que el 21 de febrero de 1980 el Comandante de la Revolución Henry Ruiz, Ministro de Planificación, suscribió en esta ciudad con el representante del Gobierno de Cuba, el Convenio Básico de Colaboración Económica y científico-técnica.
II

Que en dicho Convenio se establecen las principales modalidades de colaboración en áreas consideradas como esenciales para el desarrollo económico de Nicaragua, y se basa en los principios de igualdad soberana de los Estados, la no injerencia en los asuntos internos y el beneficio mutuo de los pueblos.
POR TANTO:

en uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Convenio Básico de Colaboración Económica y Cientifico-Técnica, suscrito en Managua el 21 de febrero de 1980, entre el Gobierno de Reconstrucción Nacional de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Cuba.

Artículo 2.-Comunicar, por medio del Ministerio del Exterior, al Ilustrado Gobierno de la República de Cuba, la aprobación y ratificación del Convenio.

Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.
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