Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZACIÓN AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO SUSCRIBIR CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) CONTRATO DE PRÉSTAMO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 181-2003. Aprobado el 13 de Mayo del 2003.

Publicado en La Gaceta No. 90 del 16 de Mayo del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA:


Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica ( BCIE), Contrato de Préstamo No. 1618 por un monto de Cinco Millones de Dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$ 5,000,000.00) provenientes del Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica (FETS), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Apoyo a la Producción Diversificada y Exportable", de la República de Nicaragua, que será realizado por el Fondo de Crédito Rural (FCR) en calidad de Organismo Ejecutor del Proyecto.

Artículo 2.- La Certificación de este Acuerdo servirá para acreditar la representación en la firma del Contrato de Préstamo No. 1618, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Banco Centroamericano de Integración Económica.

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos, a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el trece de Mayo del dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.

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