Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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SOBRE LA CREACIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE HIGIENE Y SEGURIDAD A NIVEL NACIONAL

ACUERDO MINISTERIAL VGC-AM-0009-03-06, Aprobado el 15 de Marzo del 2006

Publicado en La Gaceta No. 84 del 02 de Mayo del 2006

El Ministro del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere el Artículo No. 23 y 239 de las Reformas e Incorporaciones al Reglamento de la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 01 del día dos de Enero del año dos mil dos, y los artículos 263, 264 y 265 de la Ley 185, Código del Trabajo, dicta el siguiente Acuerdo Ministerial.
CONSIDERANDO

I

Que el artículo 82, inciso 4 de la Constitución, reconoce el Derecho de los Trabajadores acondiciones de trabajo que “garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional del trabajador.”
II

Que dicho precepto Constitucional trae consigo la necesidad que las instituciones del Estado desarrollen una política preventiva para preservar la seguridad y la salud de los trabajadores en sus lugares de trabajo.
III

De acuerdo con la estructura Organizativa y Competencias del Ministerio del Trabajo establecidas en la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo y en los artículos 239, 240 y 241 del Reglamento a la Ley 290, corresponde a la Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo, desarrollar las políticas y actividades de prevención de los riesgos laborales en los centros de trabajo de todos los sectores económicos del país.
IV

Que para consolidad la paz social y asegurar la efectiva y práctica aplicación de la Legislación Laboral en materia de Higiene y Seguridad y extender a nivel local la atención de los riesgos laborales, tendientes a establecer un adecuado nivel de protección para los trabajadores, se requiere fortalecer la presencia del Programa de Higiene y Seguridad del Trabajo.
POR TANTO

RESUELVE:

Crear la Unidad Administrativa de Higiene y Seguridad en todas las cabeceras departamentales y en las dos regiones Autónomas del país, RAAN y RAAS.

Dado en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de Marzo del año dos mil seis. Virgilio Gurdián C., Ministro.
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