Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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REGULASE EXPORTACIÓN DE CARNE A ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

DECRETO EJECUTIVO N°. 373-MEIC-MAG, aprobado el 06 de abril de 1979

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 90 del 25 de abril de 1979

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Considerando:

I

Que el Gobierno de Nicaragua dispone de una cuota de exportación de carne a los Estados Unidos de América establecida mediante canje de Nota de Cancillería entre ambos Gobiernos, formalizado el 13 de mayo de 1976.

II

Que es de necesidad para la economía nacional, regular la participación de los exportadores en dicha cuota, tomando en cuenta las exportaciones de carne realizadas, en los últimos cinco años.

Por Tanto:

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 194 Inc. 3) Cn., los Artículos 12 y 13 del Decreto Legislativo No. 106 del 29 de octubre de 1948.
DECRETA:

Artículo 1.- Toda exportación de carne de Nicaragua a los Estados Unidos de América, dentro del Convenio de Cuotas vigente entre ambos países, estará sujeta a la autorización anual del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, previo dictamen favorable del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Dicha autorización establecerá la cantidad de libras que a cada matadero le corresponde exportar.

Artículo 2.- Se excluye de este régimen las exportaciones de carne fuera del sistema de cuotas mencionado, y las que se destinen a otros mercados.

Artículo 3.- Se deja sin valor ni efecto el Decreto No. 314-MEIC-MAG, del 11 de mayo de 1978, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 108 del 19 de mayo de 1978.

Artículo 4.- El presente Decreto surte sus efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los seis días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Klaus Sengelmann, Ministro de Agricultura y Ganadería.- (f) Jaime Fernández G., Ministro de Economía, Industria y Comercio, por la Ley.
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